Esta es la nueva opción para adquirir un permiso de trabajo en los Estados Unidos

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) informó recientemente de una nueva opción para obtener el permiso de trabajo para laborar legalmente en la nación norteamericana. 

Los cambios aprobados por USCIS, que facilita el proceso para quienes cumplan con los requisitos, están enfocados en la recepción de las presentaciones del Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo. 

De acuerdo con la información recogida por este medio de comunicación, desde hoy está vigente una opción de presentación de solicitudes del referido formulario en formato digital PDF, para ciertos grupos de solicitantes que buscan el documento de autorización de empleo (EAD). 

Así las cosas, pudimos establecer que los migrantes que resulten elegibles “ahora podrán cargar un Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo, completado, junto con la evidencia requerida en formato PDF a través de su cuenta de USCIS en línea”.

Igualmente, los solicitantes elegibles también pueden presentar un Formulario I-912, Petición de Exención de Tarifas, “completado con su solicitud usando la opción de presentación de solicitudes en PDF”. 

Los que pueden solicitarla  

USCIS aclaró que el portal de admisión de documentos PDF estará disponible inicialmente para los solicitantes del Formulario I-765 que correspondan a las siguientes categorías: 

  • Estatus de Protección Temporal (TPS) otorgado. 
  • Solicitud de asilo pendiente presentada en o después del 4 de enero de 1995. 
  • Ciertos solicitantes de visas basadas en la familia y basadas en el empleo pendientes de ajuste de estatus bajo la sección 245 de la Lay de Inmigración y Nacionalidad. 
  • Persona con permiso de permanencia temporal. 
  • Solicitud inicial de TPS pendiente en las que USCIS determina que el solicitante es elegible prima facie para TPS y puede recibir un EAD como un “beneficio de tratamiento temporal”. 

USCIS subrayó que, aunque la nueva opción amplía las opciones de presentación de solicitudes, las personas que buscan el permiso de trabajo “aún pueden presentar paquetes de solicitudes en formato impreso”. 

Otros tipos de visas para trabajar en EEUU 

Estados Unidos tiene la mayor economía del mundo y este auge sostenido se debe en gran parte a los inmigrantes.  

Los extranjeros que desean venir a trabajar a Estados Unidos tienen distintas opciones de visado.  

Estas visas de trabajo son para personas que buscan trabajar en los Estados Unidos por un período de tiempo determinado.  

La mayoría de las veces, un empleador potencial presenta una petición para este tipo de trabajo ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) y, antes de venir a los EE. UU., el empleado aún debe solicitar una visa.  

Dentro de esta calificación, hay muchas categorías diferentes de trabajadores, que se pueden encontrar en el sitio web de USCIS. 

Visas H 

Las visas H-1B están destinadas a personas que se desempeñan en un campo profesional o académico específico o que tienen experiencia especial y que tienen un título universitario o superior o su equivalente en experiencia laboral.  

Estas visas tienen un límite de residencia de tres años. 
Requisitos: 

  • Una oferta de trabajo de un empleador estadounidense para un puesto que requiere conocimientos especializados. 
  • Comprobante de título de licenciatura o equivalente en ese campo 
  • Su empleador debe demostrar que no hay suficientes solicitantes estadounidenses calificados para el puesto. 

Las visas H-2A y H-2B son para trabajadores temporales de temporada o de carga máxima en entornos agrícolas (H-2A) o no agrícolas (H-2B). Por lo general, no se extienden más allá de un año. 

Los H-3 son para quienes buscan capacitación en cualquier campo, excepto en la escuela de medicina o en la capacitación de posgrado; o capacitación para satisfacer las necesidades de quienes requieren educación especial.  

Esta clasificación es para ciudadanos que desean capacitarse dentro de los Estados Unidos, pero que seguirán sus carreras fuera de los EE. UU. 

Visas I 

Las visas tipo I están destinadas a cualquier miembro elegible de la prensa extranjera, incluidos periodistas, equipos de filmación, editores y ocupaciones similares, que representen a un medio de comunicación extranjero. 

Esto incluye a los profesionales de la prensa escrita, radio, cine u otro medio de información extranjero, cuando el medio tenga una oficina central en un país extranjero.  

Para la mayoría, se trata de una visa indefinida siempre que el titular ejerza esta profesión para la misma empresa. 

Visas L 

Las visas L son para quienes se transfieren temporalmente dentro de una empresa en la que ya trabajan, ya sea a nivel ejecutivo/gerencial (L-1A) o a través de una experiencia especializada ( L-1B ).  

Una visa L-1A tiene una duración de tres años; la L-1B tiene solo un año. 

Visas O 

Las visas O están destinadas a aquellas personas con capacidades o logros extraordinarios y excepcionales, en todas las industrias.  

Las visas O también se extienden a quienes viajan con la persona con capacidad extraordinaria o un miembro de la familia. 

Visas P 

Estas visas están destinadas a quienes se destacan en el desempeño, el atletismo o las actividades artísticas y a las personas que acompañan a estos artistas extraordinarios. Suelen tener una duración determinada. 

Visas R 

Las visas R se extienden a trabajadores religiosos no inmigrantes que son miembros de una denominación religiosa que tiene un estatus oficial sin fines de lucro en los EE. UU. y que vienen a trabajar directamente para esa denominación o una organización sin fines de lucro asociada. 

Leave a Reply

Your email address will not be published. Required fields are marked *