En una histórica decisión, la Sala de Casación de la Corte Suprema de Justicia condenó a un hombre que habría incurrido en matoneo o bullying contra un compañero de colegio.
Los hechos habrían ocurrido cuando viajaron en grupo a participar en un torneo de waterpolo a Tampa, Florida, en junio de 2012 cuando el hoy condenado tenía 14 años y su víctima 13.
Para el alto tribunal, cuando la conducta viola los derechos de las personas con actos de humillación, cuando se incurre en la ridiculización y se pisotea la dignidad para excluirla de un grupo social, como es el caso de este fallo, el autor debe responder penalmente.
Dice la justicia que, si el caso tiene los componentes anteriores, ya puede ser considerado como un delito, por lo que quien cometa esta acción debe ser procesado por la justicia.
La condena
En consecuencia, el autor de este matoneo debe cumplir la orden de internación durante 12 meses a partir de la emisión de la condena, sin que esta pueda apelada por la defensa del victimario.
En la comunicación de la Corte, explica que la joven afectada, había sido sometida en aquel entonces a una situación degradante.
Señala que dos de los compañeros le pusieron un cepillo de dientes entre los gluteos, hechos que fueron captados en una foto por el hoy condenado.
Con este caso, el tribunal confirmó el fallo condenatorio impartido el 22 de julio de 2021 por la Sala de asuntos penales para adolescentes del Tribunal Superior de Pereira por el delito de actos sexuales con menor de 14 años.
Diferencias entre acoso, bullying y ciberbullying
El acoso escolar o bullying y el ciberbuying son una realidad para muchos niños y niñas en el mundo.
De acuerdo con la Unesco lo que se debe es buscar acabar con el flagelo de la violencia y el acoso escolar para disminuir el número de personas perjudicadas que hasta finales de 2022 era el 32% de los estudiantes en el mundo, es decir, 3 de cada 10 alumnos.
Y es cada día si bien se registran más caso, parece normalizarse incluso para algunos profesores, lo cual se vuelve un círculo vicioso de mucho cuidado que traerá consecuencias devastadoras en las escuelas del mundo.
Y es que los problemas de acoso y violencia en el entorno escolar dificultan el desarrollo de competencias académicas y emocionales de los niños y niñas y adolescentes.
Lo que debemos saber
Tras todo lo anterior, podríamos decir que lo que se debe hacer cuando hay estas situaciones es establcer la diferencia entre acoso, bullyng y ciberbullying, para poder las medidas alas que haya lugar según las normas del Manuel de Convivencia que haya establecido en colegio.
Acoso o bullying, se refiere a aquellos casos en los que un alumno o alumna es intimidado o vejado por otros compañeros de forma continuada en el tiempo.
Pero, para el bullying puntualmente, se deben dar unos tipos de elementos como:
- Que exista una intencionalidad del acosador.
- Las acciones de acoso se repitan a lo largo del tiempo.
- Que exista un desequilibrio de poder físico, social o psicológico entre el acosador y su víctima.
- El acoso se realice siempre sobre el mismo niño o niña.
¿Cómo evitarlo?
Es prioritario que se haga la detención prioritaria de cualquier tipo de acoso para poder evitar que estas situaciones trasciendan en la vida de los menores y se convierten en un trastorno difícil de superar para sus vidas personales.
Algunos de los efectos que nos pueden alertar de que el niño o niña puede estar sufriendo una situación de acoso escolar o de ciberbullying son los siguientes:
Reducción del rendimiento escolar y el rendimiento escolar del niño o niña se reduce y obtiene peores resultados académicos que podrían afectar otros ámbitos de su vida.
- Imagen de portada tomada/ Infobae